Todo lo que necesitas saber sobre el REGLAMENTO DE VEHÍCULOS HISTÓRICOS en España

El Reglamento de Vehículos Históricos es una normativa que regula la catalogación, requisitos y documentación necesarios para que un vehículo sea considerado histórico. La Dirección General de Tráfico (DGT) establece que un vehículo histórico es aquel que reúne una serie de condiciones, entre las que destaca haber sido fabricado o matriculado hace treinta años o más y no haber sido sometido a cambios fundamentales en cuanto a sus componentes principales. Además, la normativa también establece requisitos como la inspección técnica previa a la matriculación y la necesidad de contar con una resolución favorable de catalogación como vehículo histórico.

Para ser considerado vehículo histórico, es necesario cumplir una serie de condiciones. En primer lugar, el vehículo debe haber sido fabricado o matriculado hace treinta años o más y su tipo específico debe haber dejado de producirse. Además, el vehículo debe estar en su estado original y no haber sido sometido a cambios fundamentales en cuanto a sus componentes principales, como el motor, los frenos, la dirección, la suspensión o la carrocería.

En todo caso, las piezas constitutivas del vehículo deben haber sido fabricadas en el período de producción normal del tipo o variante de que se trate y de sus recambios, con excepción de los elementos fungibles sustituidos por reproducciones o equivalencias efectuadas con posterioridad al período de producción normal, que habrán de hallarse inequívocamente identificadas. Si se han realizado modificaciones en la estructura o componentes del vehículo, la consideración de vehículo histórico se determinará en el momento de la catalogación.

Además de los vehículos que cumplen estas condiciones, también pueden ser considerados históricos aquellos incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español o declarados bienes de interés cultural, así como aquellos que revistan un interés especial por haber pertenecido a alguna personalidad relevante o intervenido en algún acontecimiento de trascendencia histórica, siempre que se acredite con los informes y asesoramientos pertinentes.

Para que un vehículo tenga la consideración de histórico, se requiere una serie de requisitos y documentación previa. En primer lugar, es necesaria la previa inspección en un laboratorio oficial acreditado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma, así como la resolución favorable de catalogación del vehículo como histórico, dictada por el mismo órgano competente. Además, se requiere una inspección técnica previa a la matriculación, efectuada en una estación de inspección técnica de vehículos, y la matriculación del vehículo como histórico en la Jefatura Provincial de Tráfico del domicilio del interesado.

Por otro lado, la documentación necesaria para la catalogación como vehículo histórico incluye toda la documentación que acredite y defina las características técnicas del vehículo, así como la acreditación documental de la declaración de bien de interés cultural o de estar incluido en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español. Si el vehículo ha estado matriculado anteriormente en España, también es necesario aportar la fotocopia cotejada del certificado de características técnicas del vehículo y del permiso de circulación en vigor. El certificado de características técnicas es un documento que acredita las características técnicas del vehículo, como su peso, dimensiones, potencia, emisiones, entre otros datos relevantes.

En el caso de que el vehículo haya sido importado desde otro país, además de los documentos mencionados anteriormente, será necesario aportar la documentación correspondiente a la homologación del vehículo en España. Este proceso implica verificar que el vehículo cumple con los estándares y normativas técnicas y de seguridad establecidos en España.

Una vez que se disponga de toda la documentación necesaria, el siguiente paso será pagar el Impuesto de Matriculación y, en su caso, el Impuesto de Circulación. El Impuesto de Matriculación es un tributo que grava la primera matriculación de un vehículo en España y se calcula en función de su precio y de sus emisiones de CO2. El Impuesto de Circulación, por otro lado, es un impuesto anual que deben pagar todos los propietarios de vehículos en España y cuya cuantía depende del municipio en el que esté registrado el vehículo.

Una vez abonados los impuestos correspondientes, se podrá realizar el trámite de matriculación en la Jefatura de Tráfico correspondiente. Para ello, será necesario solicitar una cita previa y presentar toda la documentación requerida en el momento de la cita.

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